Artikel 36: Suspensión temporal del ejercicio de la autoridad real.
El Rey podrá abandonar temporalmente el ejercicio de la autoridad real y reasumirlo en virtud de una ley, presentándose el proyecto correspondiente por el Rey o en su nombre. Los Estados Generales deliberarán y decidirán sobre esa materia reunidos en sesión conjunta.
In andere talen:
Explicación
Tenga en cuenta que solo la versión neerlandesa de la Constitución tiene validez.
Si el propio Rey considera que no puede ejercer temporalmente la autoridad real, la renuncia y la reanudación de dicha autoridad están reguladas por ley. El proyecto de ley solo puede ser presentado por el Gobierno, por lo que no se aplica el derecho de iniciativa. Los Estados Generales examinan esta ley en sesión conjunta.
Un Rey no puede simplemente renunciar a sus funciones parcialmente.
Un regente ejercerá la autoridad real. Esto está regulado en el artículo 37.